Consulta pública - Propuesta de real decreto sobre sostenibilidad energética en centros de datos

El día 26 de agosto se ha sometido a audiencia e información pública el Proyecto de Real Decreto por el que se regulan los requisitos de sostenibilidad energética, medioambiental y de resiliencia y soberanía digital aplicables a los centros de datos.

La propuesta desarrolla el mandato de la disposición adicional primera del RDL 7/26, y tiene por objeto ordenar el otorgamiento de los permisos de acceso y conexión a las redes eléctricas de estos centros en función de su contribución a la soberanía digital, la eficiencia energética e hídrica y la incorporación de nueva generación renovable. A continuación, se resumen los principales aspectos de la propuesta.

Ámbito de aplicación:

  • Centros y grupos de centros de datos con potencia de acceso ≥ 1 MW (en el caso de grupos se agregan centros de la misma titularidad en una misma ubicación).
  • Las obligaciones de publicidad (remisión y publicación anual de datos de rendimiento energético, uso de renovables y huella hídrica) aplican a partir de 500 kW de potencia de TI.
  • Quedan excluidos los centros destinados exclusivamente a defensa, protección civil y seguridad pública.
  • Aplica a las nuevas solicitudes de acceso y conexión, con régimen transitorio para expedientes en curso y permisos ya otorgados no conectados.

Eficiencia energética e hídrica:

Los centros de datos deberán situarse en la clase más alta («A») de la futura escala europea de etiquetado, tanto en eficiencia energética (PUE: energía total del centro entre energía destinada a los equipos de TI como en eficiencia hídrica (WUE: litros de agua consumidos por cada kWh de TI):

  • Valores transitorios (hasta que exista el etiquetado europeo, previsto para agosto de 2027): PUE ≤ 1,15 y WUE ≤ 0,1.
  • Acreditación: etiqueta europea, cuando exista, o declaración responsable presentada junto con la solicitud de acceso.
  • Renovación: anual, antes del 15 de octubre de cada año.
  • Incumplimiento grave: clase «B» o inferior durante 2 años consecutivos (tras plazo de subsanación, puede derivar en pérdida de permisos).

Cobertura renovable:

El acceso a la red se condiciona a que el consumo del centro de datos vaya respaldado por generación renovable. La propuesta ofrece dos caminos para acreditarlo, según el grado de penetración de renovables del sistema eléctrico nacional:

  • Cuota del sistema: si la generación renovable nacional supera el 90% en el año n-2 (n: año de solicitud de permiso acceso y conexión), el acceso se concede sin acreditación previa, pero limitado a un número máximo de horas de consumo de red (publicado anualmente por la Secretaría de Estado de Energía). Superado en un año el 90%, se mantendrá dicho porcentaje durante 5 años naturales.
  • Adicionalidad y correlación horaria (mientras no se alcance ese 90%):
    • Adicionalidad: titulares u operadores de centros de datos deben cubrir el 80% del consumo total mediante autoconsumo o contratos PPA con instalaciones renovables españolas cuya puesta en servicio no sea anterior en más de 18 meses a la entrada en funcionamiento del centro.
    • Correlación horaria: el 80% del consumo de cada hora debe respaldarse con generación renovable de esa misma hora — no sirven las garantías de origen ni cómputo en balance anual.
    • Los contratos de compra a plazo deberán tener una duración mínima de 10 años y elevarse a escritura pública.

Consecuencias del incumplimiento:

  • Recargos sobre peajes y cargos: del 65% (superación de horas máximas establecidas a nivel del sistema eléctrico nacional, +10 puntos por año consecutivo), escala del 100% al 500% según el grado de adicionalidad, y del 10% al 50% según el porcentaje de horas sin correlación.
  • Pérdida de permisos: en caso de incumplimiento significativo y reiterado (p. ej., generación adicional inferior al 60% durante 5 años consecutivos) o por resolución firme en materia de soberanía digital o eficiencia.

Requisitos de soberanía digital y resiliencia:

Los centros de datos deberán acreditar, mediante declaración responsable, que mantienen el control efectivo de los datos que tratan y su vinculación con la UE:

  • Establecimiento en la UE, permanencia en la UE de los datos bajo su control y trazabilidad del soporte prestado desde terceros países.
  • Supervisión de subcontratistas y medidas frente a accesos de autoridades extracomunitarias contrarios al Derecho aplicable.
  • Obligación reforzada para datos del sector público (Esquema Nacional de Seguridad): deben permanecer exclusivamente en la UE.
  • Exigibilidad diferida hasta la orden ministerial de desarrollo; incumplimiento grave y no subsanado puede derivar en pérdida de permisos.

Publicidad de la información (artículo 14):

  • Centros de datos con potencia de TI ≥ 500 kW: remisión y publicación anual (antes del 15 de mayo) de datos de rendimiento energético, uso de renovables y huella hídrica.
  • Centros de datos con potencia de TI ≥ 1 MW: deben informar además si aplican el código de conducta europeo de eficiencia energética de centros de datos.

Otras consideraciones:

  • Régimen transitorio: las solicitudes en tramitación no resueltas disponen de 3 meses desde la entrada en vigor para acreditar los requisitos; los permisos ya otorgados no conectados a la red disponen de 6 meses.
  • Se permite renunciar, sin ejecución de las garantías depositadas, a las solicitudes no resueltas o a los permisos otorgados no conectados, en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor del RD.

Para más información, pueden consultar la propuesta en adjunto o a través del siguiente enlace: https://www.miteco.gob.es/es/energia/participacion/2026/detalle-participacion-publica-k-851.html

El plazo de alegaciones finaliza el viernes 4 de septiembre de 2026. Desde ANESE vamos a preparar y remitir una propuesta de alegaciones conjunta; en caso de que quieran que sus aportaciones se incorporen a la posición de ANESE, les pedimos que nos las hagan llegar hasta el jueves 3 de septiembre de 2026. En caso de que prefieran presentarlas a título personal o de su empresa, deben remitirlas directamente a la Dirección General de Política Energética y Minas a través del correo bzn-gabinete_see@miteco.es, indicando en el asunto “Alegaciones_PRD CPD Sostenibilidad” e identificando plenamente al remitente (nombre completo y DNI o CIF).