TÜV Rheinland sigue apostando por su certificación de sistemas en tiempos del COVID-19.

La situación actual debida al COVID-19 ha generado que las empresas se encuentren en circunstancias excepcionales, a las que TÜV Rheinland, como empresa de certificación, también tiene que hacer frente. Uno de los principales objetivos de sus acciones es trabajar de forma individual y personalizada con cada uno de sus clientes, con el fin de gestionar auditorías y evitar tanto la cancelación como la caducidad de los certificados.

Según TÜV, «dado que la situación actual es cambiante, trabajaremos de forma flexible con el fin de atender los distintos programas de certificación. Los criterios para la realización de auditorías se han flexibilizado, en colaboración con los Organismos de Acreditación y los propietarios de los Esquemas de Certificación, lo que nos permite adaptarnos a las circunstancias. Nuestro objetivo es atender cualquier certificación que puedan necesitar».

En ese sentido, la empresa destaca las siguientes medidas adoptadas:

Los procedimientos de auditoría en remoto pueden aplicarse a la mayoría de los esquemas de certificación genéricos como ISO 9001, ISO 14001, ISO 45001 o ISO 27001, lo que significa que no se realizará la auditoría in situ en las instalaciones de su empresa; los auditores trabajarán a través de Skype o Webex.
No todo el programa de auditoría se puede ejecutar de este modo, pero sí partes del mismo. Los puntos que requieran visita in situ, podrán ser realizados en fechas posteriores. Esto les asegura que el programa de certificación pueda continuar de acuerdo a lo establecido.

Tal como explica la compañía, «hemos impartido formación específica acerca de las nuevas herramientas, tanto a nuestros planificadores de auditorías como auditores, con el fin de ofrecer el mejor servicio online a nuestros clientes»:

  • Para algunos procedimientos de certificación (por ejemplo, IATF 16949) las auditorías en remoto no están permitidas, por lo que existe la posibilidad de posponer la fecha de auditoría sin tener que cancelar la certificación.
  • Para otros procedimientos de certificación (p.ej. BRC) se han definido regulaciones específicas por parte de los acreditadores y los propietarios del Esquema de Certificación.
  • En cuanto al pago del servicio, se facturará el porcentaje proporcional a la auditoría que se realice en remoto. En el caso de que una parte de la misma deba realizarse in situ, el importe proporcional será facturado en la fecha de ejecución.

Si lo desea, puede consultar el documento de preguntas y respuestas frecuentes y obtener información general y actualizada acerca de la situación: pinche aquí