Ya pueden solicitar acreditación los verificadores de ahorro energético para actuar en el marco del Sistema de Certificados de Ahorro Energético

El pasado jueves 27 de julio, ENAC publicó el “Esquema de acreditación para verificadores de ahorro energético del sistema CAE” (RDE-33), elaborado previamente en colaboración con el MITERD. El documento toma como referencia las normas UNE-EN ISO/IEC 17029:2019 y UNE-EN ISO/IEC 14065:2020 para su elaboración.

Las entidades que estén interesadas en obtener esta acreditación pueden solicitarla en la página web de ENAC.

Entre los principales aspectos del esquema de acreditación, se destaca la necesidad de acreditarse en dos niveles, por un lado, como verificador de ahorros energéticos resultantes de actuaciones estandarizadas (fichas del catálogo) y, por otro de actuaciones singulares, para la cual se exige estar acreditado (previamente/simultáneo) en actuaciones estandarizadas y  acreditarse en cada uno de los sectores donde vayan a verificar actuaciones (residencial, terciario, industrial, transporte y agrícola).

Cabe recordar que el MITERD publicó recientemente la Orden TED/815/2023, que desarrolla el Real Decreto 36/2023 en el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) y que tiene como objetivo permitir la correcta puesta en marcha y funcionamiento del sistema de CAE.

Uno de los aspectos que desarrolla la Orden Ministerial es la definición de las condiciones que deberán cumplir las empresas que deseen acreditarse para actuar como verificadores de ahorro energético que vienen definidas en el artículo 2 del Real Decreto.

Con este fin, ENAC, a instancias de la Dirección General de Política Energética y Minas del MITERD y siguiendo las directrices marcadas por ésta, ha elaborado un esquema de acreditación (RDE-33) que toma como referencia las normas UNE-EN ISO/IEC 17029:2019 y UNE-EN ISO/IEC 14065:2020 y que está ya disponible en la página web de ENAC.